Artículo publicado en La Vanguardia sobre las PAREJAS DE HECHO EN CATALUÑA: LA IMPORTANCIA DE TESTAR.

Con él pretendemos incidir en la ciudadanía residente en Cataluña que, ya sea porque convive en pareja o porque su hijo, nieto, sobrino, amigo… convive en pareja sin haberla regulado, se inscriba en un registro público y/o formalice escritura notarial de pareja de hecho y, por supuesto, que haga testamento.

Insistimos en que a día de hoy:

✅En Cataluña, cuando se convive durante dos años con vocación análoga a la matrimonial, ya se es pareja de hecho, aunque no se haya firmado ningún documento ni inscrito en ningún registro.

✅Si uno de los miembros de la pareja fallece sin haber hecho testamento y sin hijos, la pareja es heredero/a universal, sin perjuicio de los derechos legitimarios de los progenitores del difunto.

✅Fiscalmente, están equiparadas a los matrimonios. En caso contrario, tributan como extraños.

MORALEJA: Formaliza la pareja de hecho y haz testamento.