La albacea explicó ayer en La Selva de 3Cat los pasos necesarios cuando hay un fallecimiento y hay que gestionar la herencia:
DOCUMENTOS QUE SE NECESITAN OBTENER
⏺️Certificado de defunción.
⏺️Certificado de últimas voluntades, donde constará si el causante otorgó testamento.
⏺️Certificado de seguros de vida.
⏺️Copia auténtica del testamento, en caso de que exista. Habrá que solicitarla al notario que autorizó el testamento o al que tenga el protocolo (notario o Colegio de Notarios).
⏺️Certificados de saldo y posiciones a fecha del fallecimiento emitidos por las entidades bancarias donde el causante tuviera activos financieros y/o deudas.
⏺️Notas simples de los Registros de la Propiedad, en caso de que el causante fuera titular de bienes inmuebles.
⏺️Certificados catastrales, en caso de que el causante fuera titular de bienes inmuebles.
✅INVENTARIO HEREDITARIO Y VALORACIÓN DEL PATRIMONIO
✅REPARTO DEL PATRIMONIO HEREDITARIO
En este último punto Meritxell Gabarró reiteró que no le gustan los testamentos “a partes iguales” y que, aun así, al decidir qué se adjudica a cada heredero, se planteen si necesitan compartir los inmuebles o bien pueden encontrar una solución mejor que les permita que cada uno tenga el suyo, pactando compensaciones, por ejemplo.
MORALINA JURÍDICA: Piensa bien si lo que más te conviene es compartir una propiedad.
