Para poder aceptar la herencia se ha de contar con la solicitud y obtención de los siguientes documentos:
- Certificado de defunción, expedido por el Registro Civil de la localidad donde se ha producido la defunción.
- Certificado de últimas voluntades, expedido por el Registro General de Actos de Últimas Voluntades, donde constará si el causante otorgó testamento.
- Certificado de seguros de vida, expedido por el registro citado en el apartado anterior.
- Copia auténtica del testamento, en caso de que exista. Se habrá de solicitar al notario que autorizó el testamento o al que tenga el protocolo (notario o Colegio de Notarios).
- Certificados de saldo y posiciones a fecha de la defunción emitido por las entidades bancarias en las que el causante tuviera activos financieros y/o deudas.
- Notas simples de los Registros de la Propiedad, en caso que el causante fuese titular de bienes inmuebles.
En Gabarró Advocats -Herències- le asesoramos y proporcionamos los documentos necesarios para aceptar la herencia.