Autor: moon
El 16% de los catalanes renunció a la herencia entre los meses de enero y junio de 2021. El programa Tot es mou se ha hecho eco de esta cifra récord, que sería el doble que hace 10 años. Desde Gabarró Advocats Herències, hemos participado en el magazine de TV3 para entender las causas de esta subida de la renuncia a la herencia.
Quien ha participado en el programa ha sido Meritxell Gabarró, la directora de nuestro despacho de abogados especialistas en herencias en Barcelona, quien ha comentado que renunciar a la herencia es un tema recurrente.
“La Covid nos ha llevado a una situación de crisis, lo que implica que hay personas a las que les ha disminuido su capacidad económica de liquidez”. De modo que no pueden asumir los impuestos que supone la herencia. Esta sería una causa de la renuncia. Por otra parte, ha añadido Gabarró, “no podemos olvidar que en este inicio de 2022 ha vuelto a haber una subida indirecta del impuesto de sucesiones“.
La directora de Gabarró Advocats Herències también ha señalado otros dos motivos. Por un lado, el hecho de que entre herencias, legados y número de hermanos, un mismo caso puede contabilizarse como más de una renuncia. Y por el otro, las deudas: por ejemplo, heredar un bien acompañado de una hipoteca superior al patrimonio heredado, y que no valga la pena la aceptación de la herencia.
En este caso, ha recomendado que si se quiere aceptar la herencia se haga a beneficio de inventario, para “protegerse”. ¿Queréis saber de qué se trata? En Gabarró Advocats Herències os asesoraremos en esta y todas las materias del derecho sucesorio.
El programa que presenta Helena Garcia Melero ha querido contar con Meritxell Gabarró para tratar una materia poco conocida, pero no por ello menos relevante: las voluntades digitales en caso de fallecimiento y el patrimonio digital que, en Cataluña, está regulado por ley que en el testamento se puede designar a un representante para que cancele las cuentas de los prestadores de servicios digitales (facebook, twitter, instagram y los que vendrán) e, incluso, que se le permita tener aceso y copia de los contenidos y archivos.
Además, hay herencias que están compuestas de patrimonio digital, que tiene un valor y que es susceptible de ser heredado, aconsejando que se especifique el beneficiario o favorecido.
Agradecidos a Ana Boadas y Xavier Sardà y a todo el equipo de “Obrim fil” por habernos invitado y permitido utilitzar el altavoz mediático de la televisión para explicar de forma sencilla las herencias.Gracias también a Estel Solé, Víctor Amela, Antonio Baños y Pilar Eyre por la complicidad.
Nueva publicación en LA VANGUARDIA, con un artículo que lleva por título “El usufructo”, que pretende acercar y hacer más comprensible un derecho muy utilizado durante generaciones, del que se habla y, por tanto, se identifica, pero del cual, a la hora de la verdad, se desconoce gran parte de su alcance, consecuencias, utilidades prácticas y limitaciones.
Agradecidos a LA VANGUARDIA, sorprendidos por el grado de aceptación del público en general y, sobre todo, de la interiorización de los conceptos analizados, que han provocado muchas consultes interesantísimas a nivel jurídico.
En este caso, Meritxell Gabarró preparo un nuevo caso práctico en el que la Sra. Teresa tenía un patrimonio importante, con mucha descendencia, cada uno con sus particularidades, y pedía asesoramiento de la Letrada para planificar su sucesión.
Seguidamente, Pilar Pérez impartió la ponencia “Pactos sucesorios”.
La sesión concluyó con un “RETO” entre las dos abogadas, especializadas en derecho de sucesiones, donde se evidenciaron los parámetros utilizados por ambas profesionales a la hora de recomendar como instrumento sucesorio el otorgamiento de testamento o de pacto sucesorio o, en determinados casos, las dos escrituras.
Agradecidos al CICAC por contar con nuestra presencia en un curso tan ambicioso y que ha resultado ser de un nivel extraordinario.
A partir del 3/09/2021 queda suprimido el artículo 28 de la Ley hipotecaria, de contenido anacrónico que obstaculizaba durante dos años el tráfico jurídico de los bienes inmuebles heredados por persones que no eran legitimarias del causante. A pesar de que en Catalunya no tenía sentido, porque la legítima es un derecho de crédito, últimamente había resurgido su inscripción en el registro de la propiedad, con la problemática que comportaba a la práctica.
Agradecidos a los Servicios informativos de Catalunya Ràdio por pedirnos nuestra opinión profesional.
El curso de Sucesiones del ICAB es uno de los más antiguos que se imparte anualmente con un gran número de inscritos.
Meritxell Gabarró lo ha coordinado durante muchos años y lo conoce muy bien. En la actualidad, junto con el profesor de la UB, Jaume Tarabal Bosch, lo hemos modificado y conseguido la mejora que pretendíamos.