Excepto que el causante lo haya prohibido, el heredero tiene derecho a recibir –como mínimo- una cuarta parte del activo hereditario líquido. Por eso, si en el testamento se han ordenado tantos legados que no le dejan libre esta parte, estos legados se pueden reducir.
Para poder ejercitar este derecho, el heredero tiene que haber tomado un inventario en un determinado tiempo y forma.
Si, por el contrario, aquel heredero que pretende reducir un legado de forma errónea, ya sea porque no ha realizado bien los cálculos o porque no ha cumplido los requisitos establecidos legalmente, el legatario puede hacer valer sus derechos y defender la no reducción de su legado.
El Departamento de Procesal de Gabarró Advocats –Herències- calcula la cuarta falcidia y si se tiene derecho, defiende los derechos del heredero ante los Tribunales y, también, defiende los derechos de aquellos legatarios que son demandados y que no han de ver reducidos sus legados.