Partición de la herencia

El Juzgado como solución para repartir la herencia cuando los herederos no se ponen de acuerdo

Si los herederos no llegan a un acuerdo en las adjudicaciones de los bienes que conforman la herencia, se deberá instar el procedimiento judicial de división judicial de la herencia que, en síntesis, una vez interpuesta la demanda ante el Juzgado de Primera Instancia del último domicilio del causante –y en la que se puede solicitar el nombramiento de un administrador- se compone de las siguientes fases:

  • Formación del inventario hereditario.

No siempre hay acuerdo en los bienes y derechos a incluir en la masa hereditaria: deudas, compraventas ficticias, legados de cosa ajena, entre otros.

Si no hay acuerdo, se celebra una vista de la que dimana una resolución judicial que puede ser objeto de recurso de apelación ante la Audiencia Provincial y, si se cumpliesen los requisitos, de recurso de casación ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

  • Designación de peritos judiciales.

El Juzgado designa peritos independientes que valorarán los bienes y derechos hereditarios.

  • Nombramiento de contador partidor.

El Juzgado nombra un contador partidor que redactará el cuaderno particional, elaborando lotes de los bienes de calidades similares, intentando evitar la indivisión y, si es necesario, estableciendo compensaciones.

  • El Juez tiene la facultad de aprobar o no el cuaderno particional, decisión que puede ser impugnada. 

Los costes económicos y temporales son más elevados que en una negociación, pero en determinados casos la judicialización del asunto aporta la solución ante una situación insostenible de la gestión del patrimonio hereditario y de las relaciones entre los herederos. 

En Gabarró Advocats -Herències- contamos con un departamento especializado en procedimientos judiciales en materia sucesoria, defendiendo sus intereses en la herencia ante todas las instancias judiciales, incluso ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

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